|
|
|
CONVENCIÓN INTERAMERICANA
Estados Unidos tiene una relación de tratado únicamente con los países que son parte de la Convención
y el Protocolo adicional. El tratado establece un mecanismo para la notificación de documentos por parte
de una autoridad central extranjera. Las solicitudes se preparan en una forma de la Convención y se
transmiten a través de la autoridad central de los Estados Unidos. El texto tanto del Convenio como del
Protocolo adicional es muy claro, pero vea las reservas y declaraciones hechas por cada país cuando se
adhirió al tratado, disponibles en el Directorio de Leyes Martindale-Hubbell, el Tomo del Digesto de
Leyes y en las Convenciones Internacionales Seleccionadas. A pesar del título de la Convención, no es
necesario redactar un exhorto formal en el sentido tradicional. La forma de la Convención tiene ese fin.
More on Inter-American Convention |
|